Las alabanzas a Al-lah, el Señor de todos los mundos. Doy testimonio de que no hay otro Dios sino Al-lah, y que Muhammad, sallallahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y Mensajero.
Normalmente el niño en esta edad no entiende nada de lo que está relacionado con el sexo y cosas semejantes, esto por un lado.
Por otro, el hijastro, o sea el hijo del esposo en este caso, se considera Mahram de la mujer. Por lo tanto, ella no incurre en falta alguna si da de mamar a su hijo frente a su hijastro, aunque haya alcanzado la pubertad. Esto según la opinión de muchos eruditos. Y con más razón se aplica en este caso por no haber alcanzado aún el chico la pubertad.
Es así que el esposo no debe impedir a su mujer amamantar a su bebé delante de su hijo pequeño ya que, en eso hay una evidente exageración de celos injustificados, y también implica prohibir algo que Al-lah, Enaltecido Sea, Ha declarado lícito.
Lo preferible en vez de eso, es que el padre se preocupe por este niño, cuidándolo y guiándolo hacia el bien y que haga lo necesario para que crezca manteniendo la castidad, y esto se logra ofreciéndole un buen ambiente en la casa y cosas similares.
Advertimos que si la madre no es musulmana, su derecho a la custodia del niño, se anula. Por lo tanto, su esposo no debería permitirle a ella hacerse cargo de él ni influenciarle.
Esto en el caso de que ese niño sea verdaderamente hijo de su esposo; es decir, si él se casó con la madre del niño. Sólo entonces la paternidad del niño es atribuida a él, por ser su esposo lícito.
Mientras que, si la relación mencionada en la pregunta no era legítima, entonces la paternidad de este niño no se atribuye a este hombre y tampoco el hombre tendría el derecho de custodiarlo.
Y Al-lah Sabe mejor