Préstamos con intereses Fatwa No: 110236
- Fecha de publicación:14-7-2008
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He terminado mis estudios en Canadá, y es bien sabido que estudiar en este país requiere mucho dinero. El Ministerio de Educación otorga préstamos a los estudiantes, y éstos deben pagarlos una vez completados sus estudios. Si un estudiante paga este préstamo durante los seis meses que siguen a su graduación, entonces no tiene que pagar intereses.
Inmediatamente después de mi graduación, encontré un trabajo adecuado, y hablé con el Ministerio para empezar a pagarle el préstamo, pero me informaron que estoy obligado a pagar intereses, porque mi salario es de más de mil dólares (quien gana mas de mil dólares debe pagar intereses).
Así, me obligaron a pagar intereses que equivalen a más del 4.5% del préstamo. Intenté evitarlo por medio del pago del 60% del préstamo, que es todo el dinero que tengo, pero me quedó pendiente el 40% que ni pude pagar, ni encontré a nadie que me ayudara a pagarlo.Si estoy obligado a pagar los intereses de 4.5% ¿soy cómplice en Ar-Riba (la usura)?
Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
Si usted sabía, antes de tomar el préstamo del Ministerio, que le obligarían a pagar usura en caso de no pagar el préstamo durante los primeros seis meses, entonces usted es cómplice en el pecado. Desde el principio, no le estaba permitido firmar este contrato, excepto si usted estaba verdaderamente obligado a hacerlo.
El hecho de ignorar algunos detalles, como la cantidad de salario que hace obligatorio el pago de intereses, no le exime de la responsabilidad, ya que el desde el principio el contrato es falso y porque no le está permitido involucrarse en préstamos que generan interés.
Siendo este el caso, usted debe arrepentirse sinceramente ante Al-lah, Glorificado Sea, cumpliendo las condiciones del arrepentimiento, como lamentarse por lo que hizo y resolverse a no volver a hacerlo. A quien se arrepiente, Al-lah le da Su perdón.
Si es posible evitar el pago de intereses, entonces hágalo. Por otra parte, le está prohibido pagar este interés voluntariamente. Pero si no puede evitarlo y está obligado a pagarlo, por amenaza de ser encarcelado o algo así, no incurrirá en falta al hacerlo, ya que Al-lah no presiona a nadie más que lo que puede soportar. Y pida mucho perdón a Al-lah, Glorificado Sea.
Y Al-lah sabe mejor.