Norma sobre romper un juramento por olvido Fatwa No: 2526
- Fecha de publicación:12-7-2018
- Valorar:
Hice el juramento de no hacer una cosa, pero después la hice, olvidando que había prestado juramento de no hacerlo otra vez. ¿Cuál es la regla? ¿Debo hacer un ayuno expiatorio de tres días, o no estoy obligado a hacerlo debido a que fue por olvido? Por favor, denme fatwa al respecto. Que Al lah los recompense.
Alabado sea Al-lah y que Su paz y bendiciones sean con el Profeta Muhammad, su familia y seguidores.
Los eruditos tienen opiniones distintas sobre si un juramento se ha roto si la persona hace por olvido lo que había jurado no hacer.
Algunos eruditos sostienen que el juramento no se ha roto, ya que la persona está excusada legalmente por haberlo olvidado, por lo tanto no está obligada a hacer ninguna expiación. Ellos citan como evidencia la afirmación de Al lah Todopoderoso (su significado): {No será considerado un pecado si lo hubieran hecho por error, pero sí será un pecado en caso de que lo hicieran intencionadamente. Dios es Perdonador, Misericordioso} [Corán 33:5] El Mensajero de Al lah, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, dijo: “Por mí, Al lah ha perdonado a mi Ummah por (cualquier pecado que puedan cometer por) error y por olvido, y por lo que les obliguen a hacer” [Ahmad e Ibn Maajah en la autoridad de Abu Tharr (que Dios esté complacido con él) [auténtico].
También está narrado que el Mensajero de Al lah, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, recitó el dicho de Al lah Todopoderoso (su significado): {"¡Señor nuestro! No nos castigues si olvidamos o cometemos un error”} [Corán 2:286] Él, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, comentó: “Al lah dijo: ‘Así lo he hecho” [Muslim].
Ellos afirman que la expiación tiene por objeto quitar el pecado, y en este caso no hay pecado.
Otros eruditos sostienen que el juramento se rompe si la persona hace aquello que había jurado no hacer, aun si lo hace por olvido, y por tanto debe hacer expiación. La expiación es alimentar o vestir a diez personas pobres o liberar a un esclavo. Si no puede realizar ninguna de estas, debe ayunar durante tres días. La evidencia proporcionada por estos eruditos es que ya que quien hizo el juramento llevó a cabo intencionalmente el acto que rompe el juramento, no está excusado legalmente por olvidar que había hecho el juramento de no hacerlo, en cuyo caso debe hacer expiación.
Es más recomendable que hagas expiación, para evitar así la diferencia de opinión.
Y Al-lah sabe más.