Criticar el desempeño, comportamiento e ideas de una persona, entre lo lícito y lo ilícito Fatwa No: 42749
- Fecha de publicación:15-11-2020
- Valorar:
¿Es lícito criticar el desempeño, comportamiento, forma de pensar, ideas y lo que hace una persona? ¿Hacer algo así se considera como guiba (hablar a las espaldas o en ausencia de una persona)? ¿Es lícito criticar en broma, como cuando se habla de alguien en YouTube sin señalarlo directamente, solo mencionando su comportamiento o pensamiento y sin burlarse de su aspecto físico? Si la respuesta es no, lo que yo hago no es burlarme de la persona en sí, únicamente me río de lo que hace. Denme una respuesta lo más precisa posible y que Al-lah les recompense con todo el bien.
Las alabanzas sean para Al-lah, Señor del universo, y que Su paz y bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y discípulos. En la fatwa 305497 respondimos el juicio referente a criticar a la gente; en ella, en resumen, dijimos que criticar a los demás puede ser considerada como guiba si la intención y la forma en que se haga humilla, ofende o ridiculiza de una persona, por lo tanto, es haram. Pero si se hace con la intención de aclarar un hecho y prevenir que se cometa una falta o error, entonces no es guiba. Te recomendamos que leas la fatwa en mención. La guiba no solo se refiere a criticar la personalidad o apariencia de alguien, sino que también abarca criticar las cosas que tal persona hace. Burlarse de lo que piensa o hace una persona es guiba y, como dijimos antes, esta solo es permitida para establecer la veracidad de un hecho o prevenir un mal. Te recomendamos revisar las fatwas 39027 y 150463. Y Al-lah sabe más.