Se rompe la continuidad de los dos meses de ayuno de kaffara por haber comido luego del tiempo del Fayer porque se pensaba que era de noche todavía? Fatwa No: 434110
- Fecha de publicación:9-11-2021
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Estoy ayunando los dos meses de kaffara por haber matado a alguien accidentalmente. Para levantarme antes del inicio del ayuno, programé la alarma a las 4:30 am. y me desperté a esa hora, pero me dormí un poco, por lo que pensé que había pasado cinco o diez minutos, al ver el reloj, miré solo los minutos, además, el sol no había salido todavía, así que tomé agua, pero resultó que eran las 5:45 am., ya había pasado el tiempo para comer o beber, ¿es válido mi ayuno?
Las alabanzas sean para Al-lah, Señor y Creador del universo, y que Su paz y Sus bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y todos sus discípulos.
Los expertos difieren en su opinión respecto a la continuidad de los dos meses de ayuno de kaffara al comer pensando que sigue siendo de noche o que ya llegó el ocaso, por lo que dicha diferencia decide si hay que continuar con dicho ayuno o si hay que empezar de nuevo la cuenta. La posición preponderante para nosotros es que la continuidad no se interrumpe, tal como lo explicamos en la fatwa 271057 que pronto publicaremos.
Al Mardawi Al Hanbali en Al Insaf dijo: “Si rompe su ayuno obligado o por olvido, es igual que quien tiene intimidad por olvido u obligado, o quien come pensando que todavía es de noche, pero resulta que ya era de día; en dicho caso, no se corta la continuidad del ayuno, según la opinión más correcta de nuestra escuela jurídica. Algunos afirmaron que sí, que sí se interrumpe, como Az-Zarkashi”.
En Aqrab Al Masalik de Al Dardir Al Maliki se escribió: “No se interrumpe la continuidad del ayuno si lo rompe obligado o por confusión en el tiempo del día o la noche, y tampoco por olvido, como sucede con la mujer que menstrúa o está en el puerperio, esto aplica para el ayuno de kaffara, por el que se hace por asesinato accidental o por quebrantar el ayuno de Ramadán (por relaciones sexuales)”.
Debes reponer ese día que cometiste el error seguidamente al finalizar el ayuno de los dos meses.
Si no ayunas ese día inmediatamente finalizados los dos meses, debes repetir todo el ayuno, desde el principio. En Hashia Ad-Dasuqui ‘Ala Sharh Al Kabir, del Shaij Ad-Dardir, se estableció: “Si rompe el ayuno por enfermedad, menstruación, porque es obligado o por confusión en el tiempo del ocaso, debe reponer el día no ayunado y hacerlo inmediatamente finalizado el ayuno; de no hacerlo, sea que sepa el juicio al respecto o lo ignore, la continuidad se interrumpe y, por lo tanto, debe iniciar el ayuno desde cero. Esto fue establecido por unanimidad”.
Y Al-lah sabe más.