Comprar una casa –siguiendo las reglas de la Shari‘ah- en un país de los no musulmanes
Fatwa No: 92387

  • Fecha de publicación:27-7-2008
  • Valorar:

Pregunta

Soy de un país que no es musulmán, donde los no musulmanes representan el 93 % de sus habitantes. Necesito comprar una casa, pues esto es muy necesario para mi familia, pero en mi país no encuentro ningún establecimiento financiero que no trabaje con Al Riba (la usura) excepto un solo establecimiento financiero. El problema es que ese establecimiento dice que se adhiere al sistema de Al Murabahah, pero, los intereses son mucho más elevados al compararlos con los de los bancos usuarios ¿Trato con el banco o a través de este establecimiento financiero?

Respuesta

Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero. 

 

Ar-Riba está prohibido, ya sea en los países islámicos o no islámicos. Por esto, no se le permite tratar con Ar-Riba para comprar una casa sino en caso de necesidad; y en su estado no hay ninguna necesidad porque hay un establecimiento con el que puede comprar la casa sin cometer el pecado grave de Ar-Riba.

 

Si la cantidad de intereses que toma este establecimiento es muy elevada, esto no le autoriza para tratar con los establecimientos usuarios. Al-lah, el Majestuoso, Dice (lo que se interpreta así en español): {Y quien teme a Al-lah, Él le da una salida. Y le provee desde donde no lo espera.} [Corán 65:2-3].

 

Y Al-lah Sabe mejor.

Related Fatwa