Financiamiento de activos por parte de bancos Fatwa No: 92470
- Fecha de publicación:7-7-2008
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No existe un sistema bancario islámico en mi país, aunque, hay bancos e instituciones financieras que dan préstamos para comprar activos. Llaman a esta transacción: financiamiento de activos. También, dicen que nos pueden comprar los activos para propósitos comerciales; es decir para conseguir préstamos. Esto lo conseguimos pagándole a la institución financiera por ejemplo el 10% del precio como entrega inicial. Luego nos cobran la suma de la venta a plazos, que se deben pagar cada mes, además de una cantidad fija que no cambia a lo largo del período de reembolso. A pesar de que no haya aquí bancos islámicos, (estos otros bancos e instituciones) dicen que intentaron hacer que esta transacción esté de acuerdo con la Shari‘ah; o sea, que nos vendan con el sistema del pago a plazos. ¿Está permitida esta transacción?
Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
Si estos bancos e instituciones financieras compran estos activos en primer lugar, de manera que lleguen a ser suyos y los garantizan, y por consiguiente, asuman la responsabilidad en el caso de que se pierdan antes de venderlos y entregarlos al cliente, y luego se los venden a un precio definido y conocido, más que el precio con el cual los compraron, sin haber intereses o una multa en caso del retraso en pagar los plazos, entonces no hay ningún inconveniente en eso. Esto es lo que según los ulemas se llama vender por Al Murabahah para el que hace la transacción de compra. Y esto no se considera como un préstamo usurero, el cual sí está prohibido.
Al contrario, si no compran estos activos; sino que, prestan solamente su precio a los compradores, y luego les dividen el préstamo en cuotas que sumadas dan una cantidad mayor de lo que prestaron; entonces, esto se trata de préstamo usurero y no le está permitido al musulmán pedirlo, por la prohibición de Ar-Riba (la usura) y su mala consecuencia en esta vida y en la Otra. Al-lah Dice (lo que en español se interpreta así): {¡Vosotros los que creéis! Temed a Al-lah y renunciad a cualquier beneficio de Riba (usura) que os quede, si sois creyentes. Y si no lo hacéis, sabed que Al-lah y Su Mensajero os Han declarado la guerra.} [Corán 2:278-279]
También, fue narrado que el Profeta, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, maldijo al que vive de la usura (Ar-Riba), al que la de, al que la ponga por escrito y a los dos testigos, y dijo: “(Todos ellos)son iguales.” [Muslim].
Y Al-lah Sabe mejor.