El matrimonio tipo noviazgo Fatwa No: 93488
- Fecha de publicación:11-8-2008
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¿Cuáles son las condiciones del “matrimonio tipo noviazgo”, si está permitido?
Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero.
La forma de matrimonio citada en la pregunta, fue nombrada así por el Sheij ‘Abd Al Mayid Az-Zindani, quien no quiso darle esta denominación según lo que mencionó en una declaración, sino que utilizó este nombre para referirse a lo que se conoce en Occidente como “boy friend” o “noviazgo”. Entonces, no hay una nueva forma de matrimonio que se llama “matrimonio tipo noviazgo”.
Y en cuanto a la forma de matrimonio a la que se refiere, se trata de cuando el muchacho se casa con la muchacha mediante un contrato legítimo y válido; cumpliendo con todas las condiciones, como la presencia de Al Wali de la mujer, los dos testigos y la dote. Pero estos cónyuges no tienen una casa donde poder vivir juntos; y así, pueden estar juntos como esposos, pero luego cada uno de ellos vuelve a la casa de sus padres.
Esta forma no es un matrimonio de Mut‘ah (el que se realiza sólo por un periodo de tiempo determinado en el contrato), ni es un matrimonio sin Wali, testigos o dote; sino que la única diferencia entre esta forma y el matrimonio normal, es que la esposa renuncia a su derecho de tener una casa, hasta que Al-lah, Enaltecido Sea, les Facilite obtener una.
Si acaso este matrimonio es válido o no, la respuesta es:
En este matrimonio, o la renuncia de la mujer a su derecho de tener una casa se pone como condición en el contrato, o la mujer renuncia a este derecho después de hacer el contrato.
En cuanto al caso en el que se pone esta condición en el contrato, los alfaquíes tuvieron opiniones diferentes; pues según los Shafitas y Hanbalitas, el matrimonio es válido, pero la condición no. Por otro lado, los Malikitas opinaron que el matrimonio se anula si aún no ha sido consumado; pero si ya fue consumado, entonces es válido y ella tiene el derecho de obtener la misma dote que merece una mujer de su misma edad y clase, y la condición es nula.
Y en cuanto a que la mujer renuncie, después de hacer el contrato, a su derecho de la vivienda o del mantenimiento, no hay problema en eso, y puede cancelar esta renuncia si ella quiere.
Así, queda claro que se tiene en consideración lo que dijo el Sheij ‘Abd Al Mayid Az-Zindani, especialmente porque esta forma cumple con el objetivo de mantener la descendencia y proteger a los musulmanes de caer en el pecado (la fornicación). Que Al-lah le Dé la mejor recompensa a este Sheij.
Y Al-lah Sabe mejor.