Fatwa: Vender regalos y adornos navideños

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Pregunta:

Trabajo en una tienda de regalos y recuerdos. Durante la estación navideña vendemos regalos y adornos de Navidad. ¿És esto permitido en el Islam?

Fatwa: 

Alabado Sea Al-lah, Señor del Üniverso. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallahu ‘alaihi wa sallam, es Su siervo y mensajero.

No es permitido vender regalos para Navidad ya que esto es ayudar y propagar la falsedad. Dice Al-lah (lo que se interpreta en español): {… Ayudaos unos a otros a obrar el bien y apartarse del mal, y no cooperéis en el pecado y la trasgresión. Y temed a Al-lah; por cierto que Al-lah es Severo en el castigo.} [Corán 5:2] Él asunto es incluso más prohibido y abominable si esos regalos contienen creencias erradas, como cruces, la figura de un hombre en una cruz y cosas como esas, ya que esas cosas están entre los regalos que los cristianos intercambian.
Si la tienda no vende nada más que esa clase de regalos, entonces no está permitido trabajar allí. Sin embargo, si la tienda vende otros bienes además de esos regalos, entonces no hay problema con trabajar allí con la condición de que usted no maneje directamente los regalos relacionados con Navidad y otras falsas celebraciones.
Con respecto a vender juguetes, incluso si ellos representan seres animados, no hay problema con esto, con la condición de que esos muñecos hayan sido diseñados para que los niños jueguen con ellos. Sin embargo, si uno sabe que el comprador usará los juguetes como adornos y no para que los niños jueguen, entonces no está permitido venderlos, ya que en este caso el reglamento sobre hacer imágenes se aplica a ellos. Él Profeta, sallallahu ‘alaihi wa sallam, dijo: “Los ángeles no entran a la casa donde hay una imagen o un perro”. [Abu Dawud]
La legislación islámica exime los juguetes de los niños porque ellos necesitan de esos juguetes apara jugar, pero esta excepción no debe extenderse a otras cosas.
 

Y Al-lah Sabe mejor.

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