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Condiciones para el ayuno

Pregunta

¿Cuáles son las condiciones para la obligatoriedad del ayuno?

Respuesta

Alabado Sea Al-lah, Señor del Universo. Doy testimonio que nada ni nadie merece ser adorado sino Al-lah, y que Muhammad, sallallaahu ‘alayhi wa sallam, es Su siervo y mensajero.

Las condiciones del ayuno se dividen en tres:

1. De su obligatoriedad, y son las siguientes:

a. Llegar a la edad adulta física, es decir cuando el púber tiene su primer sueño húmedo y la púber su primera menstruación. Dijo el Profeta Muhammad,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam : "A tres no se les anotará sus faltas: el niño hasta que llegue a la adultez, quien duerme hasta que se despierte y quien ha perdido la razón y conciencia, hasta que la recupere" [Ahmad y Abu Daud]. Si es un niño que ha llegado a la edad del entendimiento, entonces sus padres deben ordenarle el ayuno para que se vaya acostumbrando.

b. La posibilidad, quien por su edad (anciano) o enfermedad no pueda, no está obligado a ayunar, Dice Al-lah (lo que se interpreta en español): {Y quienes pudiendo ayunar no lo hicieren deberán alimentar a un pobre (por cada día no ayunado)} [Corán 2:184)

c. No estar de viaje, pues quien lo estĂ© debe desayunar y reponer los días en los que no ayunó, Dice Al-lah (lo que se interpreta en español): {Quien de vosotros estuviese enfermo o de viaje y no ayunase, deberá reponer posteriormente los días no ayunados} [Corán 2:184]

2. De su validez:

a. La intención, dije el profeta Muhammad, sallallaahu 'alayhi wa sallam: "Ciertamente las acciones depende de la intención que se tenga al realizarlas" [Bujari y Muslim]. La intención debe hacerse en la noche, nos dice el Mensajero de Al-lah, sallallaahu 'alayhi wa sallam: "No es valido el ayuno de quien no hace la intención en la noche" [Abu Daud y An-Nasai']

b. El entendimiento, por eso el niño pequeño no debe hacerlo, ya que no entiende la razón del ayuno y por quĂ© debe hacerlo.

c. El tiempo en que se realiza, no es valido ayunar el ayuno de Ramadán en otro mes diferente, o ayunar un día en el que el ayuno es prohibido, como por ejemplo el día del 'Id.

3. De obligatoriedad y validez juntas:

a. El Islam, a un no musulmán o a un apóstata no se le acepta y ni se le recompensa por el ayuno, Dice Al-lah en el Corán (lo que se interpreta en español): {si atribuyes copartícipes a Allah tus obras se malograrán y te contarás entre los perdedores} [Corán 39:65]

b. Tener pleno uso de las facultades mentales, como mencionamos anteriormente, quien no cuente con está facultad no será juzgado.

c. Estar fuera del periodo menstrual y el puerperio. La mujer que estĂ© en alguna de estas dos situaciones no debe ayunar, es más, si lo hace se considera Haram. 'Aa'ishah, que Al-lah EstĂ© complacido con ella, dijo: "En el tiempo del Profeta Muhammad,  Sallallahu ‘alayhi  wa sallam , se nos ordenaba que repusiĂ©ramos los días en que no habíamos ayunado (las mujeres) pero no los que habíamos dejado de hacer la oración" Sabemos que la mujer deja de ayunar el ayuno obligatorio y de cumplir con la oración prescrita por cualquiera de las dos causas mencionadas en este punto.

Y Al-lah sabe mejor.

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