Vendo toneladas de hierro a plazo. Una tonelada de hierro cuesta 5000 riales en efectivo, y la vendo a plazo por 6500 riales con fecha de pago definida.
Luego, el cliente desea vender el hierro para aprovechar su precio. ¿Es permisible que uno de mis hermanos le compre el hierro? Cabe señalar que mi hermano no es socio mío en mi negocio y quiere comprárselo por 4800 riales en efectivo.
Si esto fuera permisible y mi hermano comprara el hierro, y luego quisiera venderlo con ganancias, ¿sería permisible para mí comprarlo a mi hermano después de eso?
Las alabanzas sean para Al-lah, Señor y Creador del universo, y que Su paz y Sus bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y todos sus discípulos.
Sí, es permisible que uno de tus hermanos compre la mercancía que vendiste a plazo por un precio menor de lo que la vendiste, siempre y cuando esto no sea una estratagema para realizar una transacción de `inah (una forma de venta con recompra que simula un préstamo con interés).
De la misma manera, es permisible que tú le compres la mercancía a quien la adquiere del comprador inicial, siempre y cuando no haya colusión ni intención de engaño para llevar a cabo una transacción de `inah prohibida.
En la obra Al-Insaf de Al-Mardawi, se menciona: "Su dicho: 'Si su padre o su hijo la compra, es permisible', se refiere a cuando no es una estratagema; si es una estratagema, no es permisible."
Y de la misma forma, es permisible que la compre a alguien que no sea el comprador original, no a su agente.
En Al-Fa'iq se dijo: "Yo digo: con la condición de que no haya colusión." Y también digo: "Esto es lo que los compañeros (eruditos) quieren decir."
Y Al-lah sabe más.
Puede buscar una Fatwa según las siguientes opciones: