Como indica el titulo, debo ser preciso al escribir sobre los recursos financieros de la mujer, puesto que cada argumento se apoya en pruebas del Corán, en el que Al-lah Todopoderoso nos Dice (lo que se interpreta en español): {Es inalterable y no ha sido negado [por ningún Libro] que le precediera [ni podrá ser refutado por ningún otro Libro] que le suceda, porque ciertamente Es una revelación del Sabio, Loable.} [Corán 41:42]
Además, hago esto para refutar los argumentos maliciosos de aquellos difamadores que se aprovechan de los asuntos de las mujeres para lanzar ataques poco efectivos contra la Shari’ah de Al-lah Todopoderoso. En realidad, este aspecto de los derechos de la mujer en el Islam –el económico- representa un reto a todas las leyes hechas por los hombres dada su justicia; la gente honesta se ve obligada a reconocer que la Shari’ah de Al-lah Todopoderoso es indudablemente equitativa y compasiva.
A continuación os presento los recursos financieros de la mujer en el Islam:
1. Manutención a la cual tiene derecho
Incluye los gastos de vivienda, vestido, comida y asistencia médica, abarcando así todas sus necesidades de acuerdo a parámetros aceptados generalmente.
La Shari’ah le garantiza este derecho obligando a sus padres y a sus familiares masculinos a mantenerla desde su nacimiento hasta que se case, cuando dicha responsabilidad es transferida entonces a manos del marido. En caso de que este último muera o de que se divorcien, sus padres y/o parientes masculinos asumen nuevamente la responsabilidad financiera de la mujer en caso de que esta necesite quien la mantenga. Adicionalmente, su derecho a la manutención pecuniaria está ligado a la obligación por parte de su guardián de protegerla y preservar su honor, tal y como se explica en detalle en las fuentes de la jurisprudencia islámica.
Así vemos que a diferencia de las leyes occidentales, la Shari’ah islámica protege a la mujer de la inseguridad económica. En las sociedades de Occidente, cuando una chica cumple los 16 años o un poco más, sus padres dejan de ser responsables de ella. Esto es bien sabido, y nadie de entre quienes se oponen al Islam lo niega.
2. Porción al heredar
El Corán Especifica la porción correspondiente de una herencia según el papel de la mujer, es decir, dependiendo de si es la esposa, la abuela, la madre, la hija o la hermana. La Sura de las Mujeres lista las porciones correspondientes en gran detalle en las aleyas 11,12, 13 y 176. Al-lah Todopoderoso Dice (lo que se interpreta en español): {Al-lah Dictamina respecto a [la herencia de] vuestros hijos: Al varón le corresponde lo mismo que a dos mujeres [esto es debido a que no pesa sobre la mujer la manutención de los hijos y la familia]. Si las hermanas son más de dos, les corresponderán dos tercios de la herencia. Si es hija única, le corresponde la mitad. A cada uno de los padres [del difunto] le corresponderá un sexto de la herencia, si deja hijos; pero si no tiene hijos y le heredan sólo sus padres, un tercio es para la madre. Si tiene hermanos, un sexto es para la madre. Esto luego de cumplir con sus legados y deudas. Vosotros no sabéis quienes tienen más derecho al beneficio de la herencia, si vuestros padres o vuestros hijos. Esto es un precepto de Al-lah, y Al-lah Es Sabio, Omnisciente. A vosotros os corresponde la mitad de lo que dejaren vuestras esposas si no tuvieran hijos. Si los tuvieran os corresponde un cuarto, luego de cumplir con sus legados y deudas. Si no tuvierais hijos, a vuestras mujeres les corresponde un cuarto de lo que dejaseis. Si tuvierais, entonces un octavo de lo que dejaseis, luego de cumplir con vuestros legados y deudas. Si [el difunto, hombre o mujer] no tiene padres ni hijos, pero sí un hermano o una hermana, entonces les corresponde a cada uno de ellos un sexto. Si son más, participarán del tercio de la herencia, luego de cumplir con los legados y deudas sin perjudicar a nadie. Ésta es una disposición de Al-lah. Al-lah Es Sabio, Tolerante. Éstos son los dictámenes de Al-lah. A quien obedezca a Al-lah y a Su Mensajero, Él le introducirá en jardines donde corren los ríos, y donde vivirán eternamente. Éste es el éxito grandioso.} [Corán 4:11-13]
Es necesario aclarar aquí dos cosas importantes: en primera, de acuerdo a la Shari’ah la mujer no es responsable legalmente de mantenerse a sí misma o a nadie más; y en segunda, la mujer es libre de hacer lo que desee con sus bienes (siempre y cuando sea algo lícito), dado que el Islam la ha asegurado contra toda responsabilidad financiera. Por lo tanto, su riqueza puede multiplicarse sin correr riesgos que pudieran disminuirla, mientras que los hombres deben asumir responsabilidades financieras.
Recursos financieros de la mujer en el Islam (Parte 2)