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Mujer que ayunó y abortó a pesar de las advertencias médicas: Veredicto y deber

Pregunta

Mi esposa ayunó a pesar de que los médicos le advirtieron que ayunar podría dañar al feto o provocar un aborto.
Efectivamente, esto sucedió y el feto fue abortado. ¿Debe ella realizar una expiación (kaffara) o pagar una compensación monetaria (diya/arsh)? Si no debe expiación, ¿existe consenso entre los eruditos al respecto?
Muchas gracias.

Respuesta

Las alabanzas sean para Al-lah, Señor y Creador del universo, y que Su paz y Sus bendiciones sean con el Profeta Muhammad, con todos sus familiares y todos sus discípulos.

Si la mujer mencionada ayunó a pesar de las advertencias de los médicos sobre el ayuno, y su ayuno fue la causa de la pérdida de su feto, entonces se considera pecadora y responsable de esa transgresión. En consecuencia, debe lo que se denomina "Ghurrah" (un décimo de la diya de la madre).

Ibn Qudamah dijo en Al-Mughni: "Si una mujer embarazada bebe un medicamento y con ello provoca el aborto de su feto, debe una Ghurrah, de la cual no hereda nada, y debe liberar un esclavo. En esta cuestión no conocemos desacuerdo entre los eruditos, excepto por la opinión de quienes no consideraron obligatoria la liberación de un esclavo. Esto se debe a que ella abortó el feto por su propia acción y transgresión, por lo que se le exige la garantía mediante la Ghurrah, como si otro hubiera cometido una transgresión contra él. Y ella no hereda nada de la Ghurrah, porque el asesino no hereda del asesinado, y la Ghurrah es para el resto de sus herederos."

La obligación de la Ghurrah se aplica si el feto ya ha cumplido cuarenta días, como se mencionó anteriormente en la fatwa: 130939. Para una aclaración del significado de la Ghurrah que se exige en caso de aborto, consulte la fatwa: 96743.

Además, la mujer mencionada también debe, según un grupo de eruditos, la expiación por asesinato (kaffarat al-qatl), que es la liberación de un esclavo. Si la liberación no es posible, entonces debe ayunar dos meses consecutivos.

Se menciona en la Enciclopedia Fiqh: "Los juristas difieren sobre la obligatoriedad de la expiación -que es el castigo estimado como derecho de Al-lah el Altísimo- junto con la Ghurrah.

(Y la expiación aquí es la liberación de un esclavo creyente; si no lo encuentra, entonces ayunar dos meses consecutivos). Los hanafíes y los malikíes consideran que es recomendable y no obligatoria; porque el Profeta (que las oraciones y la paz sean con él) solo dictaminó la Ghurrah.

Los shafi'íes y los hanbalíes consideran la obligatoriedad de la expiación junto con la Ghurrah; porque solo es obligatoria como derecho de Al-lah el Altísimo, no como derecho del ser humano; y porque es una vida garantizada con la diya, por lo que la expiación es obligatoria en este caso. Y la omisión de mencionar la expiación no impide su obligatoriedad. El Mensajero de Al-lah (que las oraciones y la paz sean con él) mencionó la diya en otro lugar y no mencionó la expiación."

Y Al-lah sabe más.

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